
Francisco de Vitoria
1480–1546 · fraile dominico y teólogo español, fundador de la Escuela de Salamanca
Francisco de Vitoria (Burgos, probablemente en 1483 - Salamanca, 12 de agosto de 1546) fue un fraile dominico, teólogo y jurista que enseñó en la Universidad de Salamanca. Se le considera el fundador de la llamada Escuela de Salamanca y uno de los padres del derecho internacional moderno. Su pensamiento, de corte aristotélico-tomista, giró en torno a la dignidad de la persona y a los límites morales del poder, ideas que siguen discutiéndose hoy.
Ingresó en la Orden de Predicadores en 1505, en el convento de San Pablo de Burgos. Tras formarse en París, donde se doctoró en teología en 1522, regresó a España y en 1526 obtuvo la cátedra de teología de Salamanca, que ocupó hasta su muerte. Allí impuso la Summa Theologiae de Tomás de Aquino como texto básico, lo que ayudó a extender el tomismo a otras universidades. Entre sus discípulos figuraron Domingo de Soto y Melchor Cano.
Sus aportaciones más conocidas nacen del debate sobre la conquista de América. En las relecciones De indis sostuvo que los indígenas eran verdaderos dueños de sus tierras y bienes, y que no podían ser despojados por no ser cristianos. Rechazó que la diferencia religiosa justificara la guerra y, en De iure belli, limitó la guerra justa a la respuesta proporcionada a una injuria. Frente a la idea de que el Estado quedaba fuera del juicio moral, defendió que la acción política tiene límites éticos y que los pueblos forman una comunidad regida por el derecho natural.
También se ocupó de cuestiones económicas. Consideró que el comercio no era en sí mismo pecaminoso, sino un servicio al bien común, y abrió la reflexión sobre el precio justo ligado a la escasez y a la demanda. Su influencia llega a las Leyes de Indias de 1542, a la obra de Hugo Grocio y a la historia del derecho de gentes, considerado antecedente de los derechos humanos contemporáneos.
Ideas clave
- Dignidad humana: todas las personas, también los no cristianos, tienen derechos propios sobre sus bienes y su gobierno.
- Guerra justa: la guerra solo puede justificarse como respuesta proporcionada a una injuria, no por diferencias religiosas ni por ambición territorial.
- Comunidad de pueblos: las relaciones internacionales deben regirse por el derecho natural y no únicamente por la fuerza.
- Libertad de comercio: el intercambio de personas, bienes e ideas forma parte del orden natural y favorece el bien común.
- Precio justo: el valor de un bien depende de su escasez y de la oferta y la demanda, no solo de su coste de producción.
Curiosidades
Un mural en Ginebra
La Sala del Consejo del Palacio de las Naciones, en Ginebra, lleva su nombre. Uno de sus murales, pintado por José María Sert y presentado en 1936, lo representa dando clase en la Universidad de Salamanca.
Un concilio al que no llegó
En 1545 Carlos I le nombró teólogo imperial para el Concilio de Trento, pero una enfermedad le impidió viajar.
Maestros e influencias
Discípulos
- Domingo de Soto 1494–1560
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